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9. De qué medidas de tierra se usa en aquel pueblo: de cuántos pasos o varas castellanas en cuadro se compone, qué cantidad de cada especie de granos de los que se cogen en el término se siembra en cada una.

A la novena dijeron que las tierras que hay en dicho termino no se han acostumbrado a medir por varas ni otras medidas porque solo se hace por el pu$o al tiempo de la sementera teniendo por fanega de sembradura el mismo terreno que es necesario para sembrarla de trigo, centeno y cebada segun la especie y calidad de dicha tierra y a este respecto se entienden las ventas y enagenaciones sin dar mas nombres ni medidas para dichas tierras que de fanegas y celemines  de sembradura de la medida de Avila, y en esta misma echan una fanega de dichas tres semillas a excepcion de habas, que le echan 15 celemines y Lino a una fanega 3, y de ricas y avena se hace con 10 celemines y responden.

10. Qué número de medidas de tierra habrá en el término, distinguiendo las de cada especie y calidad, por ejemplo, tantas fanegas, o del nombre, que tuviese la medida de tierra de sembradura de la mejor calidad, tantas de mediana bondad y tantas de inferior; y lo propio en las demás especies que hubieren declarado.

A la decima dijeron que con certeza no pueden decir el numero de fanegas de sembradura labrantia que hay en el termino de este lugar, si les parece tendra de primera calidad, 5 fanegas, 15 de segunda y 18 de tercera sobre que se remiten a los memoriales y de campos, carreras, ejidos y montes como 40 fanegas y responden.

11. Qué especies de frutos se cogen en el término

A la undecima dijeron que por lo regular los frutos que producen dichas tierrras son trigo, centeno, cebada, maiz, habas, yeros, pitos, ricas, lino y avena y la mayor parte de las 3 semillas primeras, responden.

12. Qué cantidad de frutos de cada género, unos años con otros, produce, con una ordinaria cultura, una medida de tierra de cada especie y calidad de las que hubiere en el término, sin comprender el producto de los árboles que hubiese.

A la duodecima dijeron que la cantidad de frutos que un a$o con otro producen dichas tierras, con una ordinaria cultura en la fanega de sembradura de primera calidad, el primer a$o 5 fanegas de trigo, el segundo 4 de habas y el tercero 6 de cebada y el cuarto descansa. Las de segunda calidad producen el primero 4 fanegas de trigo y el segundo 3 fanegas de centeno o maiz y el tercero descansa. Y la tercera de calidad el a$o que se siembra produce por lo comun 4 fanegas de cebada. Las heras para trillar le regulan a cada una de util a el a$o 3 reales. Y por lo respectivo a los campos, montes y ejidos, no les regulan utilidad, pues no producen mas que pasto para los ganados, y responden.

13. Qué producto se regula darán por medida de tierra los arboles que hubiere, según la forma en que estuviese hecho el plantío, cada uno en su especie.

A la decima tercia, dijeron que los arboles que hay en este pueblo y dejan declarados por el ( ) no las pueden regular por medida de tierra, si lo hacen de lo que comunmente fructifican en cada un a$o que es, cada nogal 16 maravedis, el manzano 12, el ciruelo y cerezo 4 maravedis, el olmo otras 4, el robre 18 maravedis y el fresno 2, y responden.

14. Qué valor tienen ordinariamente un año con otro los frutos que producen las tierras del término, cada calidad de ellos.

A la decima cuarta dijeron que de producto que regularmente un a$o con otro los frutos que producen dichas tierras, la fanega de trigo 16 reales, las de centeno y maiz a 12, la de cebada, habas, yeros y demas semillas a 9 y la de avena a 5, y la ma$a de lino con su grana a 4 reales, y responden

15. Qué derechos se hallan impuestos sobre las tierras del término, como diezmo, primicia, tercio-diezmo u otros; y a quien pertenecen.

A la decimo quinta dijeron que sobre dichas tierras y frutos que producen esta impuesto el derecho de diezmo que es de diez uno de todo lo que se coge en el termino en grano y lino y fruta a excepcion de lo de linueso y grana de encina y roble que no se diezma. Y de todo recibe la tercera parte la Dignidad Arzobispal de la ciudad de Burgos y las otras dos el cura parroco de este lugar, a quien se le paga el derecho de primicia, que es dos celemines de pan mitad trigo y cebada cada vecino y las viudas la mitad, todo en cada un a$o, segun ha sido estilo y costumbre inmemorial, y responden.

16. A qué cantidad de frutos suelen montar los referidos derechos de cada especie o a que precio suelen arrendarse un año con otro.

A la decimo sexta dijeron que la cantidad de frutos que por lo comun monta un a$o con otro dichos diezmos, es 26 fanegas a corta diferencia, incluso lo que diezman los forasteros que labran en termino de este pueblo, y las componen de trigo 10 fanegas, cebadas 2, centeno 6, 3 de habas, 2 de avena, 2 de maiz  y una de yeros y titos, como resultara de las tazmias a que se remiten y no pueden dar razon de lo liquido en que se arrienda, por estar unido este lugar para el arriendo de lo que corresponde a la Dignidad Arzobispal con los demas del Arciprestazgo de Arreba, y asi mismo por lo respectivo al diezmo de lino, lana, queso, crias, cera y miel produce de 50 a 60 reales que lleva dicha dignidad y cura parroco a el mismo respecto, y el valor de las dichas es cada cria de cerdo 8 reales, la de pelo o lana 5, ma$a de lino 4 reales como tienen dicho, libra de churro y lana real cera 8 libras y pollos a real y azumbre de miel a 4, y responden.

 

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